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¿Cómo afectan las criptomonedas en la declaración de la renta? Esto es lo que tienes que saber

Hechos clave:

  • Aunque son activos nuevos y relativamente poco conocidos, las criptomonedas están sujetas a gravámenes.
  • Estos variarán según el tipo de transacción y las circunstancias particulares de cada usuario de criptomonedas.
  • Algo que hay que tener claro, en el IRPF importa lo que hagas con las criptomonedas, no que las tengas.
  • Las ganancias obtenidas con tus criptos deben de ser expuestas y valoradas.
  • Para calcular las ganancias, se aplica la regla FIFO (First In, First Out).

Aquellos poseedores de criptomonedas que hayan utilizado sus activos a lo largo del último año, tienen que tener en cuenta que es imprescindible que las incluyan en su declaración de la renta. Sin embargo, no muchos tienen claro el tipo de transacciones que hacen y que tienen que incluir en ella. Los titulares de criptomonedas, también tienen que tener en cuenta que la Agencia Tributaria puede rastrearlas.

Sin embargo, y dado que no existe todavía una regulación clara, los inversores en criptomonedas deben estar atentos. En definitiva, tendrán que determinar cuántos impuestos deben pagar según las leyes españolas. Es importante conocer los datos sobre la tributación de las criptomonedas en España para operar de forma segura y eficiente sin ningún tipo de riesgo.

Las criptomonedas en España están sometidas al IRPF

En nuestro país, se considera a las criptomonedas como un activo de inversión. Por lo tanto, es normal que se incluyan en el impuesto sobre la renta general y al impuesto sobre el ahorro.

Según esto, queda claro que deberás declarar tus ganancias con tus mejores criptomonedas en tu declaración de la renta de este año.

Sin embargo, como usuario de activos digitales tendrás que saber muy bien como están gravadas (o más bien, como lo están las operaciones que realices con ellas).

Si tenemos en cuenta las ganancias obtenidas por venta, intercambio o gasto, esto se consideran: ingresos por ahorro (este impuesto implica entre un 18-29%).

Por otro lado, si hablamos de recompensas mineras, al estar consideradas como una actividad comercial independiente, están sujetas al impuesto sobre la renta general.

Por su parte, las recompensas por staking, son consideradas como impuestos por inversión (por lo que también aplican un impuesto entre el 18 y el 29%).

Además, los usuarios de criptoactivos, también tendrán que tener en cuenta que según la región en la que vivan, o el valor total de su wallet de criptos, también podrían estar sujetas a un impuesto sobre el patrimonio. Esto quiere decir, que el impuesto puede variar según estas circunstancias.

Finalmente, los españoles con tenencias en el extranjero superiores a 50.000 euros también tendrán que declararlas.

Algo sumamente importante para tu declaración de la renta: cómo calcular las ganancias

Antes de hacer tu declaración para la agencia tributaria, debes determinar el precio de compra de Bitcoin o las mejores altcoins que has comprado. También tendrás que tener en cuenta, los costos asociados tanto de compra como de venta.

A mayores, si has recibido criptomonedas por otros medios, tendrás que averiguar el precio exacto de mercado el día que las recibiste.

Declaración de la renta: ganancias
Para determinar las pérdidas y ganancias se usa el criterio FIFO. Fuente: Agencia Tributaria

A continuación, tendrás que restar el costo base del precio de venta de tus criptos. Sin embargo, en otras operaciones (incluidos intercambios o donaciones), tendrás que restar el costo exacto de la criptomoneda el día que las obtuviste.

Ahora, si obtuviste ganancias, deberás presentar en tu declaración de la renta el importe total.

Por otro lado, con las pérdidas, puedes compensarlas con ganancias similares. Sin embargo, tus ganancias no son bastantes (o si superan las ganancias obtenidas), tienes la opción de trasladarlas a lo largo de cuatro años.

De esta forma, podrás compensarlas con ganancias obtenidas en años posteriores. Pero si aún pasados estos cuatro años, aún tienes pérdidas que no has utilizado, podrás compensar hasta el 25% de otros ingresos (por ejemplo, intereses o bonos).

IVA y criptomonedas

Un punto importante es el pago del IVA. Está establecido que tanto por la compra-venta o transmisión de Bitcoin o otras nuevas criptomonedas, no devienen IVA.

Básicamente, esto quiere decir que para estas actividades no tendrás que añadir el 21% de IVA en tu declaración de la renta.

Sin embargo, otra cosa es que compres algo o pagues con criptomonedas. En este caso, tendrás que pagar el IVA correspondiente en cada caso, igual que si lo hicieses con euros.

Otro caso es la minería. Al principio, no tienes que facturar con IVA (no existe un cliente definido al minar). Al no facturar el IVA, tampoco lo podrás deducir de los gastos inherentes del equipo de minería, o el alquiler de la nave utilizada, por ejemplo.

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